¿Puedo acoger a un niño sirio refugiado?

“Mi marido y yo estamos muy afectados por lo que se está viendo en las noticias y queremos acoger a niños sirios”. “Vivo solo y estoy consternado por las imágenes de esta crisis. Me gustaría poder ayudar y en casa hay espacio suficiente para una familia".
Ayuda niños refugiados de Siria
UNICEF Comité Español

UNICEF Comité Español

Estas son solo un par de muestras de los mensajes, los deseos, de personas que nos escriben porque quieren sumarse, ayudar, en una de las peores crisis migratorias y de refugiados de los últimos tiempos.

No es la primera vez que ocurre y seguro que no será la última. Sucede en todas las grandes tragedias humanitarias: el tsunami asiático, el terremoto de Haití o el tifón en Filipinas. La solidaridad humana despierta con una intensidad proporcional al dolor y la angustia que genera ser testigo de la desesperación de otros seres humanos, en especial de los más pequeños.

Acoger a un niño sirio no es sencillo y no es una solución a esta crisis

Las tragedias tienen ese poder: despiertan el instinto de supervivencia de la humanidad. Nos vemos reflejados en esa madre, esa abuela, ese niño, esa familia, que busca un lugar, un refugio, para sentirse seguro. Y cuando eso ocurre, el corazón se desborda y se multiplican la generosidad, las ganas de ayudar, de acoger a un niño y hasta a una familia entera.

Pero, lamentablemente, acoger a niños sirios en nuestras casas no es sencillo y, ante todo, no es una solución a esta crisis.

De un lado está la cuestión legal y administrativa; la competencia la tienen las comunidades autónomas. Son procesos que están regulados legalmente y tienen una serie de requisitos, como determinar la idoneidad de la familia o confirmar el desamparo del niño o niña antes de ser sujeto de acogida.

De otro lado, el imperativo de centrarnos siempre en el interés superior del niño. Y ese interés pasa por estar con su familia: sus padres si siguen vivos, sus hermanos o sus parientes más cercanos. Ese interés tiene que ver con que siga en su país, en su cultura y junto a sus seres queridos.

¿Y dónde está la solución entonces? La solución es compleja y tiene muchas aristas. Desde el punto de vista político, pasa por acabar con el origen de esta crisis (la guerra) y que los gobiernos europeos apliquen las leyes que salvaguardan y protegen los derechos de los niños.

Y en lo más inmediato, en lo que nos implica más directamente, la mejor forma de ayudar es ejercer nuestra ciudadanía solicitando a nuestros gobiernos que protejan a los niños y haciendo un donativo a las organizaciones humanitarias para que podamos asistir a estos niños y sus familias que ya han sufrido demasiado.

Si quieres ayudar a los niños de Siria, por favor haz tu donativo.

Belén Barbero

Responsable de Contenidos de UNICEF España

La vida de millones de niños sirios está en riesgo

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación de donaciones a UNICEF

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Personas Físicas (IRPF)Porcentaje de deducción
Primeros 150€80%
Resto35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ *40%
Límite deducción base liquidable10%

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)Porcentaje de deducción
Donaciones en general35%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)*40%
Límite deducción base imponible10%

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

  • Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
  • Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base imponible.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en  https://sede.agenciatributaria.gob.es/
  • Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.

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