Derechos del Niño y Principios Empresariales

Los Derechos del Niño y Principios Empresariales instan a las empresas a respetar y promover los derechos de la infancia en sus actividades. Porque cuando las empresas trabajan por los niños, están trabajando por el futuro.

Desarrollados en colaboración con el Pacto Mundial de Naciones Unidas y Save the Children, estos Principios identifican las acciones que las empresas deben llevar a cabo para prevenir los impactos negativos sobre los niños y las medidas voluntarias para promover los derechos de la infancia en el lugar de trabajo, en el mercado y en la comunidad en la que operan.

Si bien los Principios no suponen nuevas obligaciones para la empresa, están alineados y aportan un enfoque de derechos de infancia a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Puedes descargarte el documento completo aquí o el resumen aquí.

Derechos del niño y principios empresariales

Integración de los derechos del Niño
Principios en el lugar de trabajo
Principios en el mercado
Principios en la comunidad y el medioambiente

Preguntas Frecuentes

No, UNICEF ​​tiene una política muy estricta en cuanto a la donación de regalos en especie, debido a las muchas implicaciones que pueden surgir. La gestión de proveedores y compras de UNICEF Internacional se realiza de forma centralizada desde nuestra Central de Suministros situada en Copenhague, según determinados procedimientos y especificaciones. UNICEF España no interviene en dichos procesos. En la página web www.unicef.org, está publicada la información y requisitos necesarios relativos a la gestión de suministros, incluidos los pasos para acceder a los procesos de selección de proveedores, a través de la web de United Nations Global Marketplace.

La utilización del logo de UNICEF debe estar sujeta siempre a determinados términos y condiciones impuestos por UNICEF. Asimismo, siempre debe usarse bajo previo consentimiento de la organización. En caso de uso sin autorización, UNICEF podrá solicitar la retirada del mismo de cualquier soporte online u offline y no avalará la supuesta colaboración.

Según la modalidad de colaboración:

Las donaciones corporativas que se realicen sin convenio de colaboración serán declaradas a hacienda y las entidades colaboradoras recibirán un certificado fiscal por parte de UNICEF.
Las donaciones que se realicen a través de un convenio de colaboración tendrán que ser declaradas por la entidad como gasto deducible y no recibirán un certificado fiscal por parte de UNICEF.
Para 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de UNICEF España, como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:Donaciones en general 35% 35%.
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * 37,5% 40%.
Límite deducción base liquidable 10% 10%.
Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
Si resides en una Comunidad Autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

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