Tipos de testamento, ejemplos y características

Conoce los diferentes tipos de testamento que existen a través de claros ejemplos. Te contamos las principales características de cada uno de ellos, y te explicamos en qué consiste el testamento solidario UNICEF.

Una mujer viendo al horizonte
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Una mujer mira al horizonte
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Testamento solidario

El testamento solidario consiste en la inclusión de una entidad sin ánimo de lucro en tu testamento, ya sean ONGs, entidades religiosas, Fundaciones, etc... La forma de designar a estas entidades en el testamento puede ser:

Heredero universal

Como heredero universal

Si no tienes herederos forzosos, puedes nombrar a una entidad sin ánimo de lucro heredera de todos tus bienes, derechos y acciones.

Coheredero

Como coheredero

Si quieres dejar tus bienes a más de una persona o institución puedes nombrar a varios coherederos señalando en el testamento el porcentaje asignado a cada uno de ellos.

Legatario

Como legatario

Puedes entregar un bien concreto que puede ser una determinada cantidad de dinero, un porcentaje de los bienes, incluso una propiedad inmobiliaria sea cual sea su valor, siempre y cuando no se perjudique con ello a los herederos forzosos, en caso de existir.

El testamento solidario es una forma de colaboración con entidades no lucrativas, que permite al testador mantener vivo el vínculo una vez él o ella fallece o comenzar a colaborar con una ONG a partir de ese momento.

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Por ello, es importante señalar que no es requisito el haber tenido vínculo con la entidad previamente para poder incluirla en el testamento.

Si bien este tipo de testamentos no están específicamente previstos por la Ley, son cada vez más habituales y conviene conocer sus características:

  • Incluir a una entidad en tu testamento implica una confianza plena en la institución designada.
  • Es una forma de prolongar tu compromiso con los fines de la institución, y no supone un perjuicio para tus seres queridos. Así, el abanico de posibilidades que nos ofrece el testamento a la hora de incluir a sus beneficiarios hace que este sea perfectamente compatible con la existencia de herederos forzosos, familiares o personas queridas que también se quiera incluir en el testamento.

Testamento abierto

¿Qué significa testamento abierto?

Se trata del testamento más utilizado en nuestro país, y es considerada una de las mejores opciones de otorgar testamento.

Es un trámite que suele ser sencillo, rápido y no muy costoso (su precio oscila entre 35-45 euros). Básicamente, este trámite consiste en acudir a un Notario de nuestra elección y manifestarle las decisiones que hemos tomado en relación con nuestra sucesión. Podemos encontrar la Notaría más cercana a nuestro domicilio a través del siguiente enlace.

Una vez la persona falleciera, sus herederos podrán solicitar una copia autorizada al notario que lo custodie, previa acreditación de que es el último testamento otorgado por el fallecido.

Ejemplo de testamento abierto

Ejemplo de testamento abierto

“Comparece:

Doña Ana, nacida en Madrid el día 7 de febrero de 1944, viuda, vecina de esta ciudad, con domicilio en xxxxx, y con número de DNI xxxxxx declara que sabe y puede leer este testamento. Manifiesta su propósito de otorgar testamento abierto, para lo cual tiene, a mi juicio, capacidad legal, y a tal fin expresa en este acto su última voluntad en la siguiente forma:

I-Instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a sus dos hijos, Javier y María por partes iguales.

II-Lega a la Fundación Unicef Comité Español con domicilio en C/Mauricio Legendre nº 36, 28046 de Madrid y CIF nº G-84451087, la cantidad de xxxxx euros en metálico. Este legado será satisfecho con cargo al dinero existente a nombre del testador en la fecha de su fallecimiento.

III-Revoca y anula todo acto de última voluntad anterior al presente. Así lo otorga ante mí.”

Testamento ológrafo

Definición de testamento ológrafo

Es el documento redactado en su totalidad por el propio testador de su puño y letra. No puede estar redactado de otra forma, ni por medios mecánicos ni por terceras personas. Debe constar expresamente la firma del testador, así como el año, mes y día de su otorgamiento y no podrá contener tachones. El incumplimiento de cualquier de estos requisitos supondrá la nulidad del testamento.

Características de un testamento ológrafo

Su característica más importante es que debe estar todo por escrito y es obligatorio que aparezca la firma del testador, el año, mes y día en que se escribe el testamento.

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En caso de no aparecer una de estas características el testamento sería nulo.

Otra de sus características es que el testador sea mayor de edad, algo que supone una excepción respecto a la norma general, ya que la libertad de testar comienza a los 14 años.

Validez del testamento ológrafo

Para que sea válido, el testamento ológrafo deberá presentarse ante el Notario en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador.

¿Cómo hacer un testamento ológrafo?

El testamento ológrafo se puede hacer en cualquier soporte de papel.

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Dada la menor seguridad que ofrece este tipo de testamento, es recomendable que el testador se asegure de que, tras su fallecimiento, haya alguien que se encargue de comunicar a las personas nombradas en el mismo su condición de herederos o legatarios, y de que alguien de su confianza pueda custodiarlo hasta entonces, pues si se pierde o nadie conoce su existencia, no podrá ejecutarse nunca.

¿Cómo impugnar un testamento ológrafo?

El testamento ológrafo suele ocasionar problemas de identificación y autenticidad, lo que provoca que en muchas ocasiones haya que recurrir a la vía judicial para determinar su validez.

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Si se quiere impugnar el testamento, se debe presentar una demanda judicial ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del fallecimiento del testador. En términos generales, el plazo para la impugnación será de 15 años a contar desde la muerte del testador o desde el momento en que el heredero recibió la copia autorizada del testamento que impugna.

Ejemplo de testamento ológrafo

Ejemplo de testamento ológrafo

“En Madrid a 17 de julio de 2020

Yo, Marcos Sánchez González, mayor de edad, con domicilio en C/ Marqués de la Ensenada nº 4 de Madrid, con DNI xxxxxxx, y encontrándome en mis plenas facultades mentales, por el presente manifiesto mi voluntad de otorgar testamento y en su virtud, en ausencia de herederos forzosos, nombro como mi única y universal heredera a la Fundación Unicef Comité Español con domicilio en C/Mauricio Legendre nº 36, 28046 de Madrid y CIF nº G-84451087."

Testamento cerrado

¿Qué es un testamento cerrado?

Se trata del testamento menos común, y apenas se utiliza hoy en día. Consiste en un documento redactado, firmado y fechado por el testador que se entrega al notario para que lo selle y, si se desea, lo custodie.

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El testamento cerrado podrá ser redactado bien de puño y letra por el testador y firmando al final, o bien escribirse con medios mecánicos, en cuyo caso deberá ir firmado al final de todas las hojas.

El Notario introducirá el documento entregado por el testador en un sobre cerrado y lo sellará, levantando la correspondiente acta notarial. Una vez tenga conocimiento del fallecimiento del testador deberá comunicar a sus familiares la existencia del testamento.

Respecto al coste económico, se limita al que suponga el acta notarial y los trámites posteriores. Sin embargo, actualmente apenas se utiliza.

Diferencias entre testamento abierto y cerrado

La principal diferencia radica en el conocimiento que tiene el notario respecto de ambos testamentos. El contenido del testamento abierto es conocido por el notario desde el momento en el que se redacta y el contenido del testamento cerrado no se conoce por el notario hasta una vez fallecido el causante.

Otros testamentos

Hemos analizado los testamentos comunes que son el abierto, ológrafo y cerrado.

No obstante, el Código Civil recoge una serie de testamentos especiales que se producen en situaciones inusuales y que son los siguientes:

Icono reclutamiento

Testamento militar

Este testamento solo está contemplado y se puede realizar en tiempo de guerra por militares en campaña, voluntarios, rehenes, prisioneros y demás individuos empleados en el ejército.

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Se aplica también a los individuos de un ejército que se halle en país extranjero.

En caso de que el testador estuviera enfermo o herido podrá otorgarlo ante Capellán o facultativo que lo asista.

Dichos testamentos caducan a los cuatro meses posteriores a que el testador haya abandonado la zona de guerra.

Marítimo

Testamento marítimo

Este testamento puede ser abierto o cerrado y solo se puede otorgar cuando se realice un viaje por mar en las siguientes situaciones.

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  • En un buque de guerra, ante el comandante o el que ejerza sus funciones y en presencia de dos testigos.
  • En un buque mercante, ante el capitán o el que ejerza sus funciones y en presencia de dos testigos.

Dichos testamentos caducan a los 4 meses a contar desde el momento en que el que se produce el desembarco.

Extranjero

Testamento en el extranjero

Se da la posibilidad de que cualquier español pueda realizar su testamento fuera de su país de origen con sujeción a las formas establecidas por las leyes del país en el que se encuentre.

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También se podrá realizar testamento ológrafo, aunque el país de residencia no admita dicha forma.

Aunque en el país extranjero no exista el testamento ológrafo, se podrá realizar dicho testamento siguiendo los requisitos exigidos en nuestra legislación. También podremos testar cuando nos encontremos fuera del país ante el funcionario diplomático o consular de España que ejerza estas funciones.

¿Sabes que hay personas que dejan en herencia un mundo mejor?

Haciendo un Testamento Solidario UNICEF, tu herencia podrá transformarse en vacunas, escuelas o alimento para miles de niños y niñas.

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Imagen de un niño jugando
© UNICEF
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© UNICEF
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