III Protocolo de la Convención: los niños ya pueden denunciar la violación de sus derechos ante la ONU

Ya está en vigor el III Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). 

Esto significa que los niños, niñas y adolescentes pueden presentar denuncias individuales al Comité de Derechos del Niño si sufren unavulneración de sus derechos y han agotado las vías legales en su país de origen. 

Así se pueden detectar las lagunas en los sistemas judiciales nacionales en relación a los menores de edad, y se da apoyo a las instituciones independientes de derechos humanos de la infancia. 

¿Cómo se presenta una denuncia?

Cuando un niño o un adolescente sufre la vulneración de alguno de sus derechos por parte del Estado puededenunciarlo a través de dosvías:

  • Procedimiento de comunicaciones: los menores o sus representantes pueden dencunciar la violación de sus derechos ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, si es que no ha quedado resuelta en los tribunales nacionales. 

Pueden presentar quejas sobre violaciones de sus derechos incluidos en el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y elProtocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, siempre que el Estado haya ratificado el III Protocolo.

  • Procedimiento de investigación: aplicable en el caso de violaciones de derechos del niño graves o sistemáticas. La denuncia puede ser presentada por cualquier persona o entidad, pública o privada, siempre que el Estado en cuestión haya ratificado el III Protocolo Facultativo de la CDN y haya aceptado el procedimiento de investigación; y cuando las violaciones afecten a derechos previstos en la CDN o algunos de sus otros dos Protocolos Facultativos ratificados por el Estado en cuestión.  

Esto supone que los niños cuentan con un instrumento de Derecho Internacional, igual que el de los adultos, para denunciar violaciones graves comoviolencia, explotación odiscriminación

Asimismo existe un procedimiento de comunicaciones entre Estados por medio del cual un Gobierno puede presentar denuncias ante otro que no cumpla con sus obligaciones de garantizar los derechos de la infancia. 

Cuando el Comité considera que la información recibida es fidedigna puede iniciar una investigación; si determina que se ha cometido una violación emitirá algunasrecomendaciones al Estado: rehabilitación, reparación, compensación económica o garantías de que no volverán a repetirse los hechos, entre otras posibles soluciones. 

El III Protocolo en España

España firmó el III Protocoloel 28 de febrero de 2012, ratificado el 3 de junio de 2013. Ahora ha entrado en vigor en nuestro país y en el resto de Estados que lo han ratificado. 

Con este instrumento España se compromete aaplicar mejor la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos.

Los países que forman parte de la CDN no están obligados a ratificar el Protocolo, que hasta el momento ha sido ratificado por el mínimo necesario para que el tratado sea de aplicación en las legislaciones nacionales. El objetivo es lograr la plena ratificación. 

La CDN era el único gran tratado internacional sobre derechos humanos que no disponía de un procedimiento de denuncia. Cuando no se protegen los derechos de manera adecuada a nivel nacional, es importante contar con un sistema a nivel internacional para garantizar la protección jurídica de las víctimas ante la vulneración de sus derechos.