Convención sobre los Derechos del Niño: 15 aniversario de la adopción de 2 de sus Protocolos Facultativos

Hoy se cumplen 15 años de la adopción de los Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) sobre la trata de menores, prostitución y pornografía infantil (OPSC, por sus siglas en inglés) y la participación de niños en conflictos armados (OPAC, por sus siglas en inglés).
 
Gracias a los significativos esfuerzos realizados en los últimos cinco años, el OPSC está vigente en 169 países, mientras que el OPAC ha sido ratificado por 159 estados
 
“A medida que nos acercamos al objetivo de la ratificación universal, y que los debates sobre el programa mundial de desarrollo post-2015 se van intensificando, la protección de los niños contra todo tipo de violencia en todos los contextos puede convertirse en una prioridad real para todos”, explica la Representante Especial del Secretario General de la ONU sobre Violencia contra los Niños, Marta Santos Pais.
 

¿Qué es el protocolo sobre la trata de menores y la prostitución y pornografía infantil? 

El Protocolo sobre la trata de menores y la prostitución y pornografía infantil proporciona una orientación detallada para ayudar a los estados en el cumplimiento de sus obligaciones de prohibir, penalizar, prevenir y garantizar la rendición de cuentas por los delitos de violencia sexual y explotación.
 
Además, deben proporcionar acceso a una justicia sensible con la infancia, así como la recuperación, reintegración e indemnización a los menores víctimas de la explotación sexual y la trata con fines de realización de trabajos forzosos o adopciones ilegales, entre otros.
 

¿Qué es el Protocolo Facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados?

El Protocolo Facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados prohíbe que los niños tomen parte  en las hostilidades, alienta a todos los Estados para establecer su edad mínima de reclutamiento en los 18 años y crea conciencia sobre la obligación de los Estados de tipificar como delito el reclutamiento y uso de niños y niñas. También prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años por parte de grupos armados, que son los principales reclutadores de niños.